Todo lo que debes saber de las hipotecas

Para nadie es un secreto que muchas personas han tenido muy malas experiencias con calculo hipotecas. Pero como todo, para no tener que pasar malos tragos es importante asesorarse antes de querer solicitar una hipoteca. Es por ello que te traemos información importante para que evites pasar malos ratos.

¿Qué una hipoteca?

Es necesario que tengas una idea clara de lo que es una hipoteca, ya que un error bastante común es creer saber pero no tener la información completa de esto tan importante. Entonces básicamente la hipoteca es un derecho real de garantía.

La misma se constituye para asegurar el cumplimiento de una obligación (normalmente de pago de un crédito o préstamo), que concede a su titular un derecho de realización de valor de un bien, por lo general de inmueble el cual, aunque gravado, permanece en poder de su propietario, pudiendo el acreedor hipotecario, en caso de que la deuda garantizada no sea satisfecha en el plazo pactado, promover la venta forzosa del bien gravado con la hipoteca, cualquiera que sea su titular en ese momento (reipersecutoriedad) para, con su importe, hacerse pago del crédito debido, hasta donde alcance el importe obtenido con la venta forzosa promovida para la realización de los bienes hipotecados.

La hipoteca como contrato

La hipoteca como mencionamos anteriormente es un derecho real de realización de valor, y por lo tanto derecho real, que se halla investido de la reipersecutoriedad, pero yace de un contrato, de modo que en el instante inicial, antes de su inscripción en el Registro de la propiedad, con la cual nace y adquiere la condición de derecho real eficaz frente a terceros, así que la hipoteca es un contrato. Las características en una y otra situación se resumen en las siguientes:

Contrato

Es un contrato nominado o típico, ya que se encuentra reglamentado en la ley.

Es un contrato unilateral, debido a que solo se obliga el deudor hipotecario a transferir al acreedor hipotecario el derecho real de hipoteca, con valor de garantía. El acreedor no contrae obligación alguna.

Es un contrato accesorio, porque supone la existencia de una obligación principal cuyo cumplimiento asegura (préstamo o crédito).

Es un contrato oneroso, por regla general, en cuando produce equivalencia en las prestaciones.

 Derecho real

Es un derecho real de garantía, es decir, es un derecho que se ejerce sobre la cosa y no respecto a determinada persona, y no se ejerce de forma indirecta puesto que el acreedor hipotecario puede iniciar directamente la venta forzosa de la cosa hipotecada en caso de que el deudor hipotecario no cumpla la obligación garantizada con la hipoteca.

Es un derecho inmueble, es decir, se ejerce sobre bienes raíces.

Es un derecho accesorio, puesto que sigue la suerte del derecho principal al que garantiza, si la obligación principal es nula, la hipoteca constituida no es válida.

El deudor hipotecario no pierde la posesión de la cosa.

Constituye una limitación al derecho de dominio o propiedad, es decir, el deudor puede servirse del inmueble con la restricción de los derechos del acreedor hipotecario.

La palabra hipoteca es una expresión compuesta, proviene del griego antiguo, derivada de hypo (abajo) y teka (cajón, caja); en otras palabras, hypo-teka es algo escondido para los griegos, escondido debajo del cajón La cosa, porque no hay indicio externo de su existencia, pues no requiere la posesión del acreedor hipotecario para constituirse. Los bienes hipotecados siguen siendo propiedad del deudor hipotecario y siguen siendo propiedad del deudor hipotecario.

Aunque la normativa vigente y la idea de hipoteca se heredan del derecho romano. Específicamente, en la antigua Roma, existían dos métodos principales para garantizar la deuda, que eran realmente eficientes:

El fideicomiso incluye la transferencia por parte del deudor de la propiedad de los bienes y del acreedor al acreedor para garantizar la deuda. Esta forma de garantía carece gravemente de protección para los deudores.

El perfeccionamiento posterior dio lugar, en ocasiones, cuando el deudor necesitaba sus bienes para poder pagar la deuda, a que la prenda fuera pactada sin desplazamiento de la posesión en favor del acreedor. Se utilizaba así para que los arrendadores de la tierra garantizasen el pago al arrendatario, ignorando sus aperos de labranza (que iban a necesitar en todo caso para trabajar, por lo que no podían ceder al acreedor).

Fue esta figura el germen de la hipoteca actual. Sin embargo, por motivos de seguridad jurídica, dado que por falta de posesión permanecía como carga oculta, no fue sino hasta el establecimiento de las Contadurías de hipotecas, luego convertidas en Registros de la propiedad, que trajeron el final de la hipoteca como carga oculta, mediante la publicidad registral, cuando empezó a utilizarse de forma generalizada, como gran dinamizadora del crédito territorial.

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